1995

La Ley de Amnistía

El 14 de junio el Congreso de la República aprobó la Ley 26749, conocida como la Ley de Amnistía, que ordenaba la liberación de los militares y policías presos o acusados de crímenes contra civiles y militares en el proceso de lucha contra el terrorismo. Esta Ley fue bastante polémica, pues se realizó en horas de la madrugada y permitió la liberación de los miembros del Grupo Colina que habían sido condenados por un Tribunal Militar. Diversos sectores políticos y organizaciones de derechos humanos salieron a protestar y denunciar que esta Ley demostraba el compromiso del gobierno con el Grupo Colina. La Ley generó descontentó en la opinión pública pero la contundente victoria de Fujimori en las elecciones de abril decidió al gobierno a asumir el costo político. Esta Ley fue finalmente derogada el año 2000 al final del gobierno de Fujimori.

BIBLIOGRAFÍA

Chávez Molina, Juan

"Estudio sobre la ley de amnistía y su ley interpretativa". En Themis. N° 32. Lima: 1995, 121-135. La promulgación de la Ley 26479, que otorga amnistía por los delitos cometidos en la lucha antisubversiva, generó un intenso debate público, que se agravó cuando la juez a Antonia Saquicuray declaró inaplicable dicha Ley para el caso de la "matanza de Barrios Altos", y que cobró dimensiones inusitadas de arduo enfrentamiento cuando, vía ley interpretativa, se pretendió imponer el cumplimiento del discutido tenor de la norma y eliminar toda controversia. Al estar en juego principios constitucionales importantísimos, tal coyuntura era de esperarse. Apaciguados los ánimos iniciales, publicamos el presente artículo en el que el doctor Juan Chávez Malina, constitucionalista de conocida trayectoria, desarrolla un estudio jurídico profundo y detallado acerca de ambas leyes, sus implicancias y consecuencias. El trabajo discurre entre el análisis pausado y sereno de lo jurídico y el ocasional sobresalto cuando el comentario no puede eludir aspectos éticos y sociales. Lo cierto es que un asunto tan delicado no puede desprenderse de juicios ni de valores para volverse aséptico, porque ello conduciría a la intrascendencia. Conviene hacer hincapié en el hecho de que el autor observa y advierte elementos de juicio y de discusión que otros protagonistas no han descubierto o parecen haber pasado alto.
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Landa Arroyo, César

"Límites constitucionales de la ley de amnistía peruana". En Pensamiento constitucional. Año III, N° 3. Lima: 1996, 151-207. "Como quiera que los familiares de las víctimas de la masacre de Barrios Altos, pidieron a la jueza penal Antonia Saquicuray que se encontraba instruyendo el caso, que no se aplique la ley de amnistía para los militares encausados por los delitos contra los derechos humanos; ésta emitió una resolución judicial el 16 de junio, declarando inaplicable el artículo 1° de la Ley N° 26479, al considerar que los jueces prefieren la Constitución sobre la ley en caso de incompatibilidad entre ambas, según dispone el artículo 138° de la Constitución de 1993. Es decir que la jueza realizó el llamado control difuso de constitucionalidad que faculta nuestro sistema mixto de justicia constitucional. Esta decisión judicial fue apelada por la defensa de los paramilitares, debiendo ser resuelta por la Sala Penal de la Corte Superior. Sin embargo, ante el fallo de la jueza Saquicuray inaplicando la ley de amnistía, el gobierno toma la decisión que su mayoría en el Congreso dicte una ley interpretativa de la misma, que evite su inaplicación por parte de los jueces, antes de la expedición de la segunda resolución judicial de la Corte Superior. En tal sentido, el Congreso Constituyente Democrático aprueba el 28 de junio la Ley N° 26492, disponiendo que se entienda que la ley de amnistía no vulnera la independencia del Poder Judicial, no viola los derechos humanos, ni contraviene la Convención Americana de los Derechos Humanos; de otro lado, manda que dicha amnistía no pueda ser revisada judicialmente y, en consecuencia, sea de cumplimiento obligatoria por el Poder Judicial. Asimismo, el ámbito de la impunidad de la primera ley -en cuanto al plazo de mayo de 1980 hasta el 14 de junio de 1995- fue ampliado, señalando que alcanzaría también a quienes no hubiesen sido denunciados todavía; es decir que el eventual descubrimiento de los autores de las violaciones de los derechos humanos, de acuerdo a ley ya no serían pasibles de investigación y sanción judicial" (p. 155).
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Centro de Estudios y Publicaciones

"Sobre la Ley de Amnistía". En Páginas. N° 134. Lima: 1995, 106-112. Al haber sido promulgada sorprendentemente la ley de Amnistía, el 14 de junio, mediante la cual quedaban impunes los miembros de las Fuerzas Armadas que fueron responsables directos de asesinatos y desapariciones, y también militares detenidos por delitos de opinión, la sociedad peruana reacción y expresó su disconformidad. Se publica en la sección de documentos del presente número, siete pronunciamientos: de la Conferencia Episcopal Peruana; de los Evangélicos; de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos, de un grupo de personalidades, del P. Felipe Mac Gregor s.j., de la Pontificia Universidad Católica del Perú, y de un elevado número de personas.

DOCUMENTOS PARA DESCARGAR

Informe de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos sobre la ley de amnistía

Fuente: Coordinadora Nacional de Derechos Humanos. (Enlace tomado: 14/02/2016).

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El Congreso precisa los alcances de la ley amnistía

Fuente: www.congreso.gob.pe (Enlace tomado: 13/02/2016).

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Jaque letal

Fuente: Caretas N° 1261, documento completo. (Enlace tomado; 14/02/2016).

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Jueza con garra

Fuente: Caretas N° 1368, documento completo. (Enlace tomado: 14/02/2016).

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Ley de escándalo

Fuente: Caretas N° 1367, documento completo. (Enlace tomado: 14/02/2016).

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Ni quiere ni puede

Fuente: Caretas N° 1369, documento completo. (Enlace tomado: 14/02/2016).

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DD.HH. Bajo la lupa de la OEA

Fuente: Caretas N° 1466, documento completo. (Enlace tomado: 14/02/2016).

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Sentencia mayor

Fuente: Caretas N°1662 , documento completo. (Enlace tomado: 14/02/2016).

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Estudio sobre la Ley de Anmistía y su Ley Interpretativa

Fuente: THEMIS 121, documento completo. (Enlace tomado: 14/02/2016).

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Límites constituciones de la ley amnistía peruana

Fuente: Pensamiento Constitucional N° 3, documento completo. (Enlace tomado; 14/02/2016).

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Costosa impunidad

En: Caretas N° 1373, documento completo. (Enlace tomado: 14/02/2016).

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GALERÍA DE FOTOS
Fuente: Caretas

Juicio a los criminales de La Cantuta, febrero de 1994. Ellos están interesados en liquidar la campaña contra la Ley de la Anmistía.

Fuente: Caretas

Los justificadores de la Ley de la Anmistía confirman que los delitos fueron cometidos por militares.

Fuente: Caretas

Ley de Anmistía favoreció a muchos criminales como Santiago Martín Rivas, jefe del grupo Colina.

Fuente: Caretas

La marcha por las víctimas en las calles no hicieron mudar de actitud al gobierno.Por el contrario, se reincide en la validez de la Ley de Amnistía.

Fuente: Caretas

Jueces: Estela Hurtado, William Castillo y Luisa Napa, integraron la 11º Sala Penal Superior.